Cuando se lleva a término el alquiler de una casa, es habitual que se produzcan malentendidos entre el casero y el inquilino. Los contratos de arrendamiento pueden ser una fuente inagotable de conflictos.

Por tanto, si ya has pasado por este trance y no quieres volver a atravesar una situación parecida o si, por el contrario, no lo has sufrido, pero tampoco tienes ganas de experimentarlo, es importante que veas, a continuación, cuáles son los derechos tanto de los caseros como de los inquilinos a la hora de realizar un alquiler. Estos son los consejos que te da el portal inmobiliario FOTOCASA.

Derechos del inquilino

Derechos del casero

  • Fijar la renta y las condiciones del contrato
    El propietario tiene el derecho de poder fijar una cuota de renta mensual y una fianza. Además, puede establecer las condiciones que desee, siempre que entren dentro de la legalidad, del contrato: duración, actualización, posibles indemnizaciones…
  • Recuperar la vivienda en caso de extrema necesidad
    El arrendador puede reclamar el inmueble si se quiere usar como vivienda habitual, para sí mismo, para familiares de primer grado o para su cónyuge en casos de separación, divorcio o nulidad. Si el arrendador o sus familiares no ocupasen el inmueble 3 meses después del fin del contrato o desalojo de la vivienda (salvo en casos de fuerza mayor), el arrendatario, en 30 días, podría regresar como inquilino por un nuevo período de hasta 3 años, respetando las condiciones anteriores y con indemnización por los gastos del desalojo, o ser indemnizado por una mensualidad por cada año que quedara de contrato.También puede recuperar la vivienda si se entra en proceso de sustitución fideicomisaria, ejecución hipotecaria o sentencia judicial, salvo si se tiene el contrato inscrito en el Registro Civil con una duración pactada del contrato de arrendamiento.
  • Desahuciar al inquilino en caso de impago
    Se puede recuperar la vivienda y solicitar el desahucio de un inquilino moroso transcurridos 10 días de impago desde que el propietario ponga la denuncia en el juzgado.
  • Desgravarse parte de la renta del alquiler
    Uno de los cambios de la nueva reforma fiscal iba a ser la desaparición de este beneficio fiscal, pero el Gobierno dio marcha atrás y los propietarios todavía pueden beneficiarse del 60% de exención tributaria en el IRPF de las rentas del alquiler.
  • Reclamar una compensación por finalizar antes de tiempo el contrato
    Si el inquilino se va antes de finalizar el contrato, el propietario puede reclamar la cantidad equivalente a una mensualidad de la renta por cada año que falte por cumplir, siempre y cuando haya una cláusula en el contrato que así lo indique.
  • Exigir que se le devuelva la vivienda tal y como se alquiló
    El propietario tiene el derecho de exigir al inquilino que le devuelva la vivienda tal y como estaba al inicio de contrato. De no ser así, hasta una pared pintada de otro color al original, puede suponer la pérdida de la parte proporcional de la fianza.
  • Quedarse parte de la fianza si, finalizado el contrato, hay daños en el inmueble
    Reclamar la parte proporcional de la fianza si el arrendatario ha realizado daños en el inmueble, no por el uso normal del mismo si no por un mal uso imputable al inquilino. Sin embargo, el propietario no puede hacerlo por su cuenta: estos daños deben demostrarse jurídicamente mediante pruebas con fotos del antes y del después. La recuperación de parte de la fianza dependerá de lo que el juez dictamine.
  • Lograr una rebaja en el precio del alquiler a cambio de mejoras en la vivienda
    Si bien es cierto que el arrendatario puede realizar obras de mejora, si no afectan a la estabilidad o la seguridad de la vivienda y siempre que tenga permiso del arrendador por escrito, el propietario, sin embargo, tiene derecho a finalizar el contrato de alquiler si las obras no se realizan bajo los términos pactos. Además, si el inquilino realizase las obras sin permiso del arrendador, este puede exigirle, al final del contrato, que deje la vivienda en su estado inicial sin indemnización alguna.

En House Hunting queremos que las cosas siempre estén claras desde el primer momento para evitar situaciones desagradables entre nuestros clientes. Para despejar cualquier duda que puedas tener sobre este tema, nuestros asesores profesionales están a tu disposición en nuestras oficinas de Chamberí (Calle Vallehermoso, 40) y en B. Salamanca (Calle General Oraá, 61).

¡Hasta la próxima!