Hablemos hoy del Real Decreto-ley 1/2025, conocido como Decreto Ómnibus. Recibe ese nombre porque es un tipo de decreto se caracteriza por agrupar medidas o reformas de diferentes ámbitos en un mismo paquete. Estas medidas son votadas todas a la vez.
Se aprobó el 28 de enero y se confirmó en el Congreso el 12 de febrero. El mismo trae importantes cambios para el sector inmobiliario en España. Incluye medidas sobre desahucios, alquileres y apoyo a inquilinos y propietarios. Aquí te explicamos los puntos más importantes de forma clara y sencilla.
1. Suspensión de Desahucios para Hogares Vulnerables
Hasta el 31 de diciembre de 2025, se paran los desahucios para personas en situación de vulnerabilidad que no tengan otra vivienda a dónde ir. Esto incluye:
- Víctimas de violencia de género, personas dependientes o con menores a su cargo que estén en situación de vulnerabilidad y vivan en una vivienda sin contrato.
- Viviendas en manos de grandes tenedores, es decir, personas o empresas que tengan más de 10 viviendas.
- Desahucios por procesos penales (por ejemplo, situaciones de ocupación sin contrato).
Si la Administración no encuentra una solución habitacional en tres meses, el propietario puede pedir una compensación económica.
2. ¿Quiénes se Consideran Económicamente Vulnerables?
Para solicitar moratorias o ayudas en el pago del alquiler, se consideran vulnerables quienes cumplan todos estos requisitos:
- Pérdida importante de ingresos por desempleo, ERTE, reducción de jornada por cuidado de familiares u otras causas similares.
- Que el ingreso total de la familia no supere:
– 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
– Este límite sube 0,1 por cada hijo a cargo (0,15 en familias monoparentales) o miembro mayor de 65 años.
– En caso de discapacidad del 33% o más, el límite sube a 4 veces el IPREM. Si la discapacidad es grave (como parálisis cerebral o superior al 65%), el límite es de 5 veces el IPREM. - El alquiler y los gastos básicos (luz, gas, agua, telecomunicaciones, comunidad) deben superar el 35% de los ingresos netos de la familia.
No se considera vulnerabilidad económica si el inquilino o alguien de la familia es propietario o usufructuario de otra vivienda en España, salvo algunas excepciones (herencias, divorcios, discapacidad, entre otras).
3. Casos en los que No Se Protege la Ocupación
El Decreto aclara que no se suspenden los desahucios cuando:
- La vivienda es la residencia habitual o segunda residencia del propietario, aunque tenga más viviendas.
- La vivienda está alquilada a otra persona que la usa como residencia habitual o segunda residencia.
- La ocupación ha sido con intimidación o violencia.
- Se sospecha que la vivienda se usa para actividades ilegales.
- Es una vivienda social ya asignada a otra persona.
4. Avales y Garantías para el Alquiler
Para ayudar a inquilinos y propietarios, el Estado creará una Línea de Avales que cubrirá:
- Impagos de alquiler hasta que el propietario recupere la vivienda.
- Daños en la vivienda, costes de suministros y otros gastos derivados del contrato de alquiler.
Para solicitar estos avales, el inquilino debe cumplir al menos uno de estos requisitos:
- Ser menor de 35 años.
- Estar en situación de vulnerabilidad económica.
¿Cómo te Afectan Estas Medidas?
Este Decreto Ómnibus cambia las reglas del juego en el mercado inmobiliario, buscando proteger a los inquilinos vulnerables y dar más seguridad a los propietarios.
En House Hunting, con oficinas en Retiro y Chamberí, estamos al tanto de estas normativas para asesorar a nuestros clientes de manera profesional y cercana. Si necesitas ayuda, asesoramiento o simplemente resolver dudas sobre cómo te afectan estas medidas, ¡contáctanos!