Eres propietario de un inmueble que quieres alquilar, y lo normal es que, si es la primera vez que lo haces, tengas dudas sobre algunos aspectos claves del proceso de alquiler.
En House Hunting queremos que en todo momento tengas las cosas claras, por lo que en esta ocasión, hablaremos de dos términos que suelen generar confusiones a la hora de gestionar un alquiler: el depósito y la fianza.
Tanto la fianza como el depósito, son cantidades que aporta el inquilino a la hora de firmar un contrato, a modo de garantía.
¿En qué se diferencian?
- La fianza es obligatoria por ley, mientras que el depósito es opcional como garantía adicional, y depende de lo establecido en el contrato del alquiler.
- La fianza se deposita, de manera obligatoria, en el organismo competente de la comunidad autónoma donde se encuentra la vivienda. El propietario es el encargado de hacer este ingreso.
- La cuantía de la fianza, en inmuebles de uso residencial, será el equivalente a una mensualidad de la renta de alquiler (dos en otros casos), mientras que el depósito está limitado a dos mensualidades.
- La fianza puede ser actualizada una vez transcurrida la duración máxima del contrato, mientras que el depósito puede o no estar sujeto a actualizaciones.
Puedes contactarnos para que cualquier duda que surja relacionada a este tema. Nuestros asesores expertos están a tu disposición en nuestras oficinas de Chamberí, Vallehermoso y Retiro.