Un año y medio más tarde de que fuese aprobada la ley de desahucio exprés contra las mafias que ocupan viviendas, aterriza en el Congreso de los Diputados una proposición de ley que recoge 8 medidas para desalojar a los okupas en 24 horas.

Esta proposición de ley presentada por el Partido Popular, y que será debatida con el resto de las fuerzas parlamentarias, aglutina el siguiente elenco de medidas:

1). Desalojo en un plazo de entre 12 y 24 horas:  

Los agentes de Policía podrían desalojar una vivienda ocupada ilegalmente en menos de un día, sin necesidad de aguardar meses a la espera.

2). Agilización del proceso penal para enjuiciar la ocupación de viviendas:

Esta agilización se haría realidad a través de una modificación tanto en la Ley del Jurado como en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

3). Endurecimiento del delito de usurpación:

El delito de usurpación está tipificado en el artículo 245 del Código Penal y el endurecimiento propuesto supondría elevar la pena de multa a la de privación de libertad.

4). Dejar de considerar una vivienda ocupada como domicilio:

Esta política traería consigo que la ocupación ilegal dejase de gozar del mismo amparo o protección que el propietario de una vivienda y que un inquilino.

5). Establecer una definición clara de “ocupación ilegal”, sin ambages ni circunloquios:

Hay cierto vacío conceptual en lo concerniente al significado de “ocupación ilegal”. Esta medida pretende cubrir estas lagunas y ofrecer una definición clara, que matice, sin ambages ni circunloquios, que es la tenencia o disfrute de un inmueble ajeno huérfana de pago de renta y de forma jurídica contractual.

6). Será nulo el empadronamiento municipal de los okupas:

Los okupas pueden inscribirse en el padrón municipal y este proyecto de ley reclama la prohibición de esta práctica. Para la consecución de este objetivo, se modificaría la Ley de Bases de Régimen Local y se otorgaría al propietario o legítimo poseedor el derecho a anularlo de oficio.

7). Poder acudir, sin trabas, a la autoridad cuando los okupas realicen actividades prohibidas, molestas o que pongan en riesgo la salud:

Esta política tiene como objetivo mejorar la convivencia vecinal y reforzar la seguridad de las personas que habitan de forma contigua o en derredor de esta suerte de peligros.

8). Mismo amparo o protección para las personas físicas o jurídicas:

Esta medida tiene la premisa de que tanto los propietarios en forma de persona jurídica como en cuerpo de persona física como ejercer su derecho al amparo legal con idéntica profesionalidad y apremio.

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