Domo Gestora, empresa especializada en gestión de viviendas, ha elaborado una lista de ocho gastos añadidos que has de tener en cuenta a la hora de comprar una propiedad.
Cuando se adquiere una vivienda siempre tenemos que contar con unos gastos adicionales que nos obligan a tener un dinero ahorrado para poder hacerles frente. Según los expertos y para que la operación no se haga tan cuesta arriba, sería conveniente tener al menos el 13% del valor de la casa para cubrir los gastos de registro de la propiedad, notaría, gastos derivados de los impuestos que gravan la compraventa y gastos de hipoteca.
Los gastos de la notaría
Son gastos que corresponden al comprador de la vivienda salvo en el caso de que ambas partes pacten lo contrario. La cantidad estipulada a pagar está ligada al precio de la vivienda. La administración es el organismo que regula los honorarios correspondientes al notario por la realización de la escritura de compraventa, de compraventa con subrogación, de constitución de una nueva hipoteca si no existe subrogación en la hipoteca inicial del promotor y otra de cancelación de la hipoteca inicial.
Registro de la propiedad
Se recomienda que las escrituras de la vivienda se inscriban en el Registro de la Propiedad, aunque este trámite sea de carácter voluntario ya que ofrece una mayor seguridad jurídica al comprador. En el caso de que se formalice una nueva hipoteca, el banco que presta el dinero exigirá la inscripción de dicha compraventa además de la escritura de constitución de la nueva hipoteca.
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD)
Es el impuesto que grava toda la documentación notarial, administrativa y mercantil.
Este impuesto se abona únicamente en viviendas de nueva construcción en casos de simple compraventa. Sin embargo, si la compraventa está vinculada a la concesión de un préstamo hipotecario se tiene que pagar en viviendas de segunda mano y de nueva construcción. La base imponible es lo que otorga garantía a la hipoteca y suele oscilar entre 1,3 y 1,6 veces el valor del préstamo.
Otros impuestos: ITP e IVA
Dependiendo del origen de la vivienda, si es de nueva construcción o de segunda mano, se pagarán unos gastos de IVA o ITP.
ITP: Es el impuesto que se aplica a las viviendas de segunda mano. Sus siglas son Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Es cada Comunidad Autónoma la que estipula el porcentaje a pagar. En España la media está en torno al 8% del valor de la compraventa, hay comunidades que alcanzan el 10% y otras llegan al 4%, como por ejemplo en el País Vasco.
Sin embargo, existen una serie de bonificaciones en función de los medios económicos y familiares del comprador, y Hacienda podrá pedir la diferencia si considera que el inmueble tiene más valor de lo que se ha pagado por él.
IVA: Este es el impuesto que se aplica a la vivienda de nueva construcción, entendiendo ésta como la que adquiere el comprador directamente del promotor o aquella con menos de dos años de construcción. Desde el año 2013 se establece que debe ser el 10% del precio de la vivienda.
Gastos de la tasación
Para la concesión de una hipoteca se debe realizar una tasación de la vivienda. Normalmente el mismo banco ofrece este servicio. El tasador será el encargado de fijar el precio real de la vivienda para que el banco pueda establecer qué porcentaje de financiación concederá en base al valor de dicha propiedad.
Otros gastos de la hipoteca
Si decides comprar una vivienda, ya sea de segunda mano, nueva construcción o a través de cooperativa de viviendas, debes saber que tienes que hacer frente a otros gastos además de los descritos anteriormente. Como por ejemplo los gastos de gestoría, sus honorarios suelen ser aproximadamente 250€. Realizan todos los trámites para la constitución de la hipoteca, así como la liquidación de los impuestos relacionados.
Las fotos que ilustran este artículo son cortesía de “Domo, Gestora de viviendas” empresa gestora de viviendas en cooperativa con oficina central en Madrid y con diversas promociones a nivel nacional.
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